REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DEL TIPO REDUCIDO DE IVA EN LAS EJECUCIONES DE OBRAS DE RENOVACIÓN Y REPARACIÓN

 

Los requisitos para la aplicación del tipo reducido (10%) se pueden resumir de la forma siguiente:

 

1. Se aplica a las ejecuciones de obra de renovación y reparación en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas. En este concepto se pueden englobar los albañiles, fontaneros, electricistas, pintores, soldadores, carpinteros, etc. necesarios para realizar las obras.

Están excluidas las entregas de materiales y determinados servicios profesionales propios del sector (arquitectos, aparejadores, etc.).

 

 

2. Que se efectúen en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas. Dentro del concepto de vivienda pueden incluirse los espacios y elementos comunes (portales, escaleras, etc.), así como las partes anexas de los edificios (garajes y trasteros), siempre que el edificio donde estén situados sea de viviendas.

 

3. Que el destinatario de las operaciones sea:

 - una persona actuando como consumidor final y que utilice la vivienda para uso particular, es decir, que sea su vivienda, aunque no sea el propietario de la misma (por ejemplo, arrendatario);

 - una comunidad de propietarios, circunstancia que sucede cuando se trate de obras relativas a elementos comunes, siempre que el edificio se destine a viviendas.

 

4. Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras hayan concluido al menos en el plazo de dos años.

 

5. El coste de materiales aportados por el empresario no debe exceder del 40% de la base imponible de la operación.